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María Luisa Acosta vs Nicaragua

En el banquillo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Miguel González

9 de octubre 2015

AA
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“Él siempre sabe dónde encontrarme. Y si me pierde, yo sé dónde encontrarlo a él.

Nos perdimos una vez. No va a suceder de nuevo.”


Purgatorio, novela de Tomás Eloy Martínez (2008).[1]

 

A Francisco García Valle (Frank) lo asesinaron con alevosía, cálculo premeditado y fue torturado con saña antes de dispararle a quemarropa al corazónen su casa de habitación la mañana del 8 de abril del 2002. Sus verdugos se escurrieron como alimañas desde la planta baja de su casa– piso quelos perpetradores habían rentado días atrás simulando que eran comerciantes de paso por la ciudad de Bluefields. Estos son los hechos, un asesinato cuidadosamente planeado y ejecutado, y cuyos motivos y responsables intelectuales aún no ha podido determinar y juzgar el sistema judicial Nicaragüense.Frank, que al morir tenia 45 años, era un exitoso empresario y se desempeñaba como profesor de química en la Universidad BICU, era además un aficionado a la pesca y al humor espontáneo. El crimen conmocionó a Bluefields tanto por la premeditación y crueldad de los asesinos como por las muchas preguntas sobre las circunstancias previas y posteriores a su muerte.

Frank era el esposo de la Doctora María Luisa Acosta, abogada y catedrática, defensora de los derechos humanos de los pueblos indígenas y afro-descendientes de la Costa Caribe. Al momento del asesinato de Frank, María Luisa libraba un proceso judicial ante los tribunales Nicaragüenses como apoderada legal de las comunidades de Laguna de Perlas y Monkey Point y Rama por la venta ilegal varios de los Cayos Perlas, en conflicto por más de dos años, asunto que ponía de relieve la usurpación de los derechos comunales de los habitantes de Laguna de Perlas, pues la tierra comunal no se puede vender, embargar y es inajenable. Los demandados por estas ventas eran Peter Tsokos – empresario de doble nacionalidad griega y estadounidense - y Peter Martínez Fox, abogado y notario de Bluefields, representante legal de Tsokos en las transacciones de compra y venta de los cayos.[2]

Las horas que siguieron al asesinato prefiguraron un sombrío precedente de lo que se convertiría, durante los siguientes trece años, en un proceso judicial viciado, ineficaz y sobre todo violatorio de los derechos de la víctima y sus familiares. Alejado de todo sentido común y sin contar con las pruebas necesarias, el juez penal que conoció inicialmente del caso, Julio AcuñaCambronero, ordenó orden de captura a María Luisa. Es decir, en cosa de horas, y aúnantes dar sepultura a Frank, el sistema judicial nicaragüense convirtió a María Luisa en sospechosa de la muerte de su propio esposo. Acuña Cambronero actuó como juez acusador a petición de Tsokos y Martínez, a quienes María Luisa señalódesde el primer momento como posibles responsables intelectuales del asesinato.

En los meses siguientes la investigación policial determinó que el arma usada para asesinar a Frank, una pistola Lorcin calibre 25 serie número 332358, estaba registrada a nombre de Peter Martínez.En Octubre del 2002 la policía identificó a Iván Arguello Rivera, conductor de Peter Tsokos, como principal sospechosomaterial, y fue arrestado en Costa Rica en Noviembre del 2004 y extraditado a Nicaragua meses después.Arguello Rivera fue interrogado por la Policía y el Judicial, pero se le negó acceso al abogado de María Luisa. Arguello Rivera fue condenado como autor material a 23 años de prisión.

En respuesta a los vicios y parcialidad del sistema judicial en continuar la investigación, María Luisa solicitó dos recursos de casación a la Corte Suprema de Justicia (2003 y 2004), los que le fueron denegados en Diciembre del 2006. Es decir, el sistema judicial Nicaragüense le negó a las víctimas y familiares de Frank la posibilidad de saber la verdad acerca de los motivos de su asesinato, sobre la autoría intelectual – quiéno quiénesy porqué razón ordenaron su muerte – ysobre todo, le impidió el acceso a un proceso judicial oportuno y transparente. Por estas razones, al agotarse las vías judiciales nacionales, María Luisa inicióen junio de 2007 una batalla por el derecho a la justicia en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

El 1 de octubre recién pasado la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en San José de Costa Rica, decidió iniciar la tramitación del caso María Luisa Acosta y otros, vs. Nicaragua sometido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH con sede en Washington. Este caso, junto a dos precedentes, AwasTingni vs. Nicaragua (2001) y YATAMA vs Nicaragua(2005), constituyen casos emblemáticos de la justicia Nicaragüense y sus relaciones con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Los tres tienen como escenario las violaciones del Estado Nicaragüense a los derechos humanos colectivos y/o individuales de los demandantes en las Regiones del Caribe, y la falta de acceso a un proceso judicial oportuno, efectivo, libre de corrupción e imparcial.

AwasTingni vs. Nicaragua y YATAMA vs Nicaragua resultaron en sentencias condenatorias al Estado Nicaragüense, y esta vez, en el caso de María Luisa Acosta y otros, vs. Nicaragua,no será difícil que la Corte-IDH encuentre los méritos necesarios para sentar nuevamente a Nicaragua en el banquillo de los acusados. No obstante, existen varias opciones que el Estado de Nicaragua podría considerar a lo inmediato, para enmendar las irregularidades del proceso judicial, anticipándose constructivamente a una demanda que seguramente será larga, costosa y compleja: ordenar una nueva investigación para determinar la autoría intelectual del asesinato de Frank; transparentar y permitir el acceso a María Luisa y sus abogados a las documentación legal, testimonios y pruebas;reparar adecuadamente a las víctimas y sancionar debidamente a los funcionarios judiciales que intervinieron por omisión o hecho, para retardar e impedir el acceso a la justicia a María Luisa Costa, sus hijos y familiares.

Si quienes ordenaron asesinar a Frank intentaban intimidar a María Luisa para que desistiera de su rol como defensora de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y afro-descendientes de la Costa, claro está que no lo consiguieron. María Luisa ha continuado una encomiable labor de defensa de esos derechos, en años recientes acompañando al territorio Rama-Kriol en su demanda contra el gobierno de Nicaragua por la falta de consulta previa, libre e informada respecto a la obra del Canal Interoceánico.

Si quienes dentro del sistema judicial Nicaragüense pensaron o siguen pensando que pueden hacer caso omiso a la impunidad, regatear o viciar el debido proceso, y aplacar el deseo de justicia y verdad de María Luisa y los familiares de Frank, claro está que también se equivocaron.

Y entrela sociedad nuestra caribeña, también muchos nos equivocamos, por ser espectadores pasivos de la injusticia contra los derechos de los pueblos indígenas y afro-descendientes a sus tierras y su voz, por escatimar la solidaridad a la batalla legal de María Luisa cuya vida y profesión legal está unida a esa defensa, y sobre todo por atemperarnos a la falaz idea de que la justicia sólo aplica si se tienen los medios y las relaciones con el gobierno de turno o el partido en el poder. Nos equivocamos si creemos que las demandas incumplidas en contra de las violaciones a los derechos humanos se agotan dentro de los límites de nuestro sistema legal.

El caso María Luisa Acosta y otros, vs. Nicaragua es evidencia de una equivocación de proporciones masivas, que emergió trágicamente ante nuestro estupor, se desarrolló ante nuestra mirada pusilánime,y cuyo desenlace – tarde o temprano – nos habrá de concernir a todas y todos los Nicaragüenses.

[1]Editorial Alfaguara, Buenos Aires. P. 288.

[2]Al lector le interesaraver el documental de Mallory SohmerThe Living Documentsquetratasobre el asesinato y sucontexto.https://www.cultureunplugged.com/storyteller/Mallory_Sohmer#/myFilms


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Miguel González

Miguel González

Miguel González (PhD, Universidad de York) es profesor asistente en el programa de Estudios de Desarrollo Internacional en la Universidad de York. Su investigación examina el autogobierno indígena y los regímenes autónomos territoriales en América Latina.

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