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Inhabilitación perpetua de presos políticos a cargos públicos es "ilegal y nula"

Fiscalía y jueces orteguistas cometen el delito de prevaricato al legalizar penas accesorias inexistentes en el marco jurídico nicaragüense

El magistrado de Apelaciones, Octavio Rothschuh, con los extrabajadores de la FVBCh que son presos políticos del régimen. // Foto: CCC

Redacción Confidencial

9 de febrero 2023

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La inhabilitación perpetua a más de 14 presos políticos para que ejerzan cargos públicos o de elección popular y la supresión de sus derechos políticos, impuestos por la maquinaria de jueces orteguistas a través de “penas accesorias”, son “nulas”, “ilegales” e “inconstitucionales” porque no existen en el marco jurídico nicaragüense aseguraron especialistas en Derecho.

La Fiscalía, dominada por el Frente Sandinista, solicitó a los jueces orteguistas desde finales de la semana pasada, admitieran estas “penas accesorias” a algunas sentencias dictadas en 2022 contra una treintena de líderes cívicos, sociales y políticos, encarcelados en la Dirección de Auxilio Judicial (DAJ). Asimismo, las anexaron en las sentencias de los reos de conciencia capturados en el contexto de las votaciones municipales de 2022 y condenados en enero de este año- incluyendo los sacerdotes de la Diócesis de Matagalpa-.


El especialista en derechos humanos, Uriel Pineda, explicó en una entrevista en el programa Esta Noche, que se transmite en Youtube por la censura televisiva, que la restricción de los derechos políticos- derecho a votar, el derecho a elegir y ser electo o cualquier otro derecho asociado a la participación ciudadana en la vida política del país- puede ocurrir en un estado de emergencia o derivado de un proceso judicial, pero no se aplican como una pena, tal como intenta hacerlo el régimen orteguista con los presos políticos.

“Que lo impongan como una pena accesoria desvirtúa la naturaleza jurídica y viola los estamentos más elementales de un marco jurídico. No se puede aplicar una pena que no existe", señaló Pineda.

"Estamos ante la vulneración a los elementos más esenciales de una sociedad civilizada. Ya no es solo una violación al debido proceso, ya no es solo un elemento que sirve de prueba para decir que hay una política de persecución por parte de las autoridades para cometer, específicamente Daniel Ortega y Rosario Murillo, crímenes de lesa humanidad en perjuicio de los presos políticos, sino que estamos ante una pretensión irracional, que busca refrendar la lealtad de los operadores de justicia e intimidar a los familiares de presos políticos”, explicó Pineda.

El estigma de “traidores a la patria”

En las cédulas judiciales en poder de CONFIDENCIAL los jueces orteguistas basan la decisión de imponer penas accesorias a los presos políticos, citando la ley 1055 o Ley de Soberanía, que forma parte del combo de legislaciones punitivas aprobadas a finales de 2020 e inicios de 2021 para encarcelar a los opositores políticos, incluidos siete aspirantes a la presidencia.

El abogado “Francisco” explicó que la Ley 1055 es de tipo administrativa y no penal, por ende, no está por encima de la Constitución Política de Nicaragua, misma que tampoco contempla la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos y mucho menos, restringe los derechos políticos perpetuamente a ningún privado de libertad.

Las notificaciones judiciales fueron presentadas en un formato casi idéntico, con la diferencia de nombres de reos políticos y defensores. Ese hecho fue denunciado con anterioridad por el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), señalando que el Poder Judicial utilizaba "machotes" en los casos fabricados contra reos de conciencia.

En el texto, los judiciales señalan que los reos de conciencia fueron condenados por hechos que “violentaban el ordenamiento jurídico y constitucional atentando contra el Estado de Nicaragua y la sociedad nicaragüense al violentar la paz, la soberanía, independencia (...)” y los llaman “traidores a la patria”.

El abogado y opositor, Juan Diego Barberena, explicó que la clasificación de traidores impuesta en las cédulas judiciales a los presos políticos no corresponde con el delito tipificado en la causa judicial por el que fueron condenados. En su mayoría, los reos de conciencia han sido juzgados por los delitos de conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional y propagación de noticias falsas.

Barberana consideró que esa categoría "ha sido utilizada para estigmatizar a las personas opositoras de parte del régimen político, que también pone sobre la mesa la nula independencia judicial”.

Por su parte, el abogado “Francisco” señala que para imponer una pena o hacer referencia a un delito de traición tiene que haber existido un proceso judicial, en el que se acuse a la persona por hechos de traición y se le condene por los mismos. Y eso no se cumple en ninguno de los casos de presos políticos. Por lo que el régimen está utilizando esas figuras jurídicas para perjudicar a los reos de conciencia, sin sustento legal.

Si bien, continúa el abogado, la Ley 1055 anula la posibilidad que una persona opte a un cargo de elección popular, esta medida es de tipo administrativa y no penal.

En cambio, sí existe la inhabilitación absoluta y la inhabilitación especial, contempladas en el artículo 55 y 56 respectivamente del Código Penal. Sin embargo, en ninguno de los dos casos plantea la posibilidad de que una pena accesoria se imponga a un preso político de por vida. La duración de la inhabilitación especial será durante el tiempo de la condena principal, señala el artículo 56.

Mientras que el artículo 55 indica que "la pena de inhabilitación absoluta tendrá una duración de seis a veinte años y consiste en la pérdida del cargo o empleo público, aunque provenga de una elección popular, la privación de todos los honores públicos, así como la incapacidad para obtener cualquier otro honor, cargo o empleo público y la pérdida del derecho a elegir y ser electo durante el tiempo de la condena”. Nuevamente, no hay perpetuidad.

Jueces cometen prevaricato

Después que los jueces orteguistas sentenciaron a reos políticos en audiencias herméticas en el pasado mes de enero y notificaron las sentencias a sus defensores, los judiciales modificaron la resolución para agregar las “condenas accesorias” solicitadas a última hora por la Fiscalía. Ese es un acto ilegal, concluyeron abogados consultados.

El judicial puede remediar “en cualquier momento antes de la notificación de la resolución y siempre que no implique una modificación esencial de lo resuelto”, determina el artículo 161 del Código Procesal Penal. Sin embargo, esto no se aplicó en los más recientes casos.

En una de las cédulas judiciales constatadas por CONFIDENCIAL, el judicial envió una primera notificación para agregar la inhabilitación a cargos públicos, y posteriormente, envió otra para la supresión perpetua de derechos políticos.

La situación cambia en los casos de 2021, que tienen sentencia firme o aún están en apelación en diversas instancias del proceso judicial -juzgados de apelación o casación en la Corte Suprema de Justicia-. La modificación a las resoluciones fue aplicada por jueces de ejecución de sentencia.

Eso evidencia, según Pineda, que el régimen está evaluando la lealtad de la Fiscalía y el sistema judicial, al obligar a un fiscal a pedir una pena accesoria “tan irracional” y por consiguiente, que los jueces la admitan. Además, manda un mensaje intimidatorio a los familiares de presos políticos que pretendían denunciar sus casos ante organismos internacionales, señalando que pueden disponer "impunemente" de las condiciones de sus parientes, víctimas de represalias.

“Es el elemento miedo que se le impone a la familia y el elemento miedo que también se le impone a los diferentes operadores de justicia”, expresó Pineda. Desde la perspectiva del abogado “Francisco” los judiciales no pueden obviar su responsabilidad en las ilegalidades que avalan, por tal razón están cometiendo “prevaricato”, señaló.

El delito de prevaricato se castiga con una pena de cinco a siete años a jueces y magistrados que cometen actos contrarios a la Constitución Política y las leyes nacionales.

Trasfondo político:  alistan terreno para excarcelación

Daniel Ortega en su primer discurso de este 2023 ratificó que no liberará a los presos políticos, mientras mantiene el estado policial de facto en todo el país. Sin embargo, la aprobación de estas penas accesorias a las sentencias de presos políticos pueden interpretarse, según abogados, como una “preparación” para eventuales excarcelaciones de reos de conciencia, que al recuperar su libertad no puedan postularse a cargos públicos.

El régimen orteguista podría utilizar cualquier figura legal para liberar a los reos de conciencia que le permita mantener vigente las penas accesorias ilegales que acaban de imponerles. De esa forma, Ortega cumple con la demanda de libertad de 245 presos políticos por parte de la comunidad internacional, pero garantiza dejarlos “fuera del juego político”, analizaron varios abogados.

No hay certeza sí ese es el trasfondo de estas nuevas penas, que el Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), calificó como "aberraciones jurídicas". En todo caso, Ortega ha dispuesto que la medida afecte a sacerdotes, familiares de presos políticos, líderes de la oposición locales, y otros que integran el más reciente grupo de reos de conciencia. Ninguno de estos ciudadanos tiene una trayectoria política.

Sin embargo, los abogados señalan que Ortega podría estar pensando en un futuro proceso electoral, en el que no quiere una legítima competencia política. El régimen no discrimina a quién castigar con la prohibición perpetua de sus derechos políticos o postulaciones a cargos de elección popular porque es consciente que no podría retener el poder ante cualquier opositor que haya estado en la cárcel y que decida postularse a la presidencia en un proceso con las mínimas garantías. Perder el poder conlleva exponerse a eventuales procesos de justicia en su contra, señaló el abogado "Francisco".

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Redacción Confidencial

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Confidencial es un diario digital nicaragüense, de formato multimedia, fundado por Carlos F. Chamorro en junio de 1996. Inició como un semanario impreso y hoy es un medio de referencia regional con información, análisis, entrevistas, perfiles, reportajes e investigaciones sobre Nicaragua, informando desde el exilio por la persecución política de la dictadura de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

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